Antioquia rebaja intereses a deudores morosos
La Gobernación de Antioquia habilitó un plan de alivios tributarios que otorga una disminución temporal en las sanciones e intereses de mora para los contribuyentes con obligaciones pendientes. Autorizada mediante la Ordenanza 10 de 2026 de la Asamblea Departamental, esta medida de contingencia fiscal busca incentivar el saneamiento de las carteras colectivas y agilizar el recaudo público. Los ciudadanos titulares de deudas tributarias y no tributarias podrán radicar sus solicitudes y saldar sus obligaciones bajo estas condiciones especiales antes de la fecha límite establecida por la administración.
¿Qué es el aligeramiento de sanciones e intereses?
La disminución temporal de sanciones e intereses es un beneficio fiscal extraordinario de la Gobernación de Antioquia diseñado para que los contribuyentes morosos se pongan al día con sus obligaciones financieras.
Para acceder de forma efectiva a cualquiera de las exoneraciones estipuladas, el contribuyente debe pagar la totalidad del capital adeudado. Este mecanismo de normalización tributaria aplica bajo las siguientes directrices básicas:
- Tasa Especial de Seguridad: Contempla una rebaja sustancial en las facturas expedidas durante el año 2025.
- Contribución de Valorización: Aplica para obligaciones pendientes asociadas de forma directa a 40 proyectos viales gravados.
- Acuerdos de pago previos: El beneficio cobija también a las obligaciones incluidas en convenios de pago suscritos antes de la expedición de la ordenanza. En estos casos particulares, la liquidación de los intereses de mora se realizará con base en la tasa vigente definida por el departamento.
Porcentajes de descuento por concepto de deuda
La Ordenanza 10 de 2026 segmenta los alivios económicos según la naturaleza jurídica del tributo o la sanción en mora.
Los porcentajes exactos de descuento aplicados sobre los intereses y las sanciones se detallan de manera estructurada en la siguiente tabla:
| Concepto de la Obligación en Mora | Descuento en Intereses | Descuento en Sanciones |
| Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana (2025) | 90% (1°, 2° y 3° trimestre) | No aplica / No especifica |
| Contribución de Valorización (40 proyectos viales) | 70% | No aplica / No especifica |
| Impuesto al Consumo | 70% | 70% |
| Sanción de Tornaguías | No aplica | 70% |
| Procesos Contravencionales | 70% | 70% |
| Estampillas | 90% | 90% |
| Contribución Especial | 90% | 90% |
| Sobretasa a la Gasolina | 70% | 70% |
| Impuesto al Degüello | 70% | 70% |
| Fondo Departamental para la Promoción de Proyectos Productivos (FODES) | 90% | No aplica |
Plazos, canales de pago y metas de la administración
De acuerdo con las declaraciones de Jorge Enrique Cañas Giraldo, subsecretario de Ingresos de Antioquia, el propósito central de la estrategia es brindar un canal de saneamiento oportuno a las finanzas familiares y empresariales del departamento. La fecha límite improrrogable para acogerse a los descuentos es el 15 de septiembre de 2026.
Para la facilitación del trámite de la Tasa Especial de Seguridad, la Gobernación dispuso un canal virtual directo a través de la plataforma web oficial: https://tasaseguridad.antioquia.gov.co/. El cumplimiento del calendario tributario bajo estas condiciones especiales permitirá inyectar recursos clave al presupuesto departamental, destinados a inversión social y seguridad en el territorio.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Hasta cuándo hay plazo para obtener los descuentos en los intereses de mora en Antioquia?
Los contribuyentes con obligaciones pendientes en mora tienen plazo de acogerse a la disminución temporal de sanciones e intereses hasta el 15 de septiembre de 2026.
¿Cuál es el requisito obligatorio para que apliquen los descuentos de la Ordenanza 10 de 2026?
El requisito indispensable para acceder a cualquier beneficio es que el contribuyente realice el pago de la totalidad del capital adeudado dentro de las fechas establecidas por el Departamento de Antioquia.
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